Financiamiento Ambiental: Un marco conceptual para el análisis


Los proyectos vinculados a la mitigación y adaptación del cambio climático o los vinculados a la conservación de la biodiversidad tienen un tema en común. En ambos casos, se dificulta la obtención de financiamiento porque no existe un flujo de caja que refleje lo que los beneficiarios del bien o servicio están dispuestos a pagar para que el proveedor de dicho bien o servicio pueda sostener su unidad productiva y repagar el capital invertido.

Nos centraremos en este caso en los servicios ecosistémicos, es decir aquellos que nos provee un ecosistema en la medida en que es conservado adecuadamente. La definición del beneficiario de un bien o servicio es una tarea realizable por medios técnicos. El reto real es que, debido a que los servicios ecosistémicos son un bien no excluible (una vez provisto el bien o servicio no se puede dejar a ningún beneficiario fuera), es difícil crear mecanismos que obliguen a los beneficiarios a pagar por el servicio.

Por el lado de los proveedores conviene hacer una reflexión previa. Dado que es el propio ecosistema el que produce dichos servicios, no se puede pensar en él como un agente económico cuyo comportamiento que pueda cambiar debido a que se establezca incentivos adecuados. En ese sentido, se define a los Proveedores de Servicios Ecosistémicos como aquellos agentes económicos cuyo comportamiento puede aumentar o disminuir la tasa de provisión de servicios ecosistémicos de un determinado ecosistema. Esta definición es consistente con lo que la Ley N° 30215: Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos llama "Contribuyente al servicio ecosistémico: (...) persona natural o jurídica, pública o privada, que mediante acciones técnicamente viables contribuye a la conservación, recuperación y uso sostenible de las fuentes de servicios ecosistémicos".


Una vez definidos los dos grupos de actores, el gráfico resume los flujos financieros entre ellos. La relación podrá plantearse en una de cinco formas:
1.     Algunos servicios ecosistémicos son similares a los bienes privados. Por ejemplo, se puede cobrar por ingresar a un área protegida o por realizar investigación basada en ciertas especies animales o vegetales, es decir el beneficiario paga por un acceso privado al bien o servicio. Como se mencionó antes, en muchos casos el servicio no es excluible, por lo que se necesitará un intermediario para superar el hecho de que el mercado no funcionará como lo hace con los bienes y servicios privados.
2.      El Estado puede incentivar que los agentes cambien su comportamiento hacia el bien común. Se puede establecer instrumentos fiscales (impuestos, subsidios) o regular el uso por parte del beneficiario de los servicios ambientales. El proveedor de los servicios ambientales puede recibir incentivos fiscales o derechos de propiedad para conservar los ecosistemas. En otros casos, el Estado puede reservarse la tarea de conservar los ecosistemas y asignar presupuesto a esas tareas.
3.     Los instrumentos de financiamiento pueden servir para intermediar recursos financieros de diversas fuentes hacia los proveedores de servicios ecosistémicos. Las fuentes de recursos financieros pueden ser los propios beneficiarios (al pagar impuestos con propósito específico), la cooperación internacional, los inversionistas privados o el propio Estado mediante aportes a los instrumentos de financiamiento. Con esos recursos, el instrumento de financiamiento podrá asumir parte o todos los costos del proveedor de servicios ambientales, pagar en función de los servicios ecosistémicos provistos o aportar financiamiento para proyectos de conservación.
4.     Los beneficiarios también transfieren recursos cuando compran productos a empresas bio-responsables. Estas empresas deberán certificar que sus productos o insumos han sido obtenidos mediante un aprovechamiento sostenible de los ecosistemas.
5.     El beneficiario de los servicios ambientales puede compensar el daño causado por su actividad al ecosistema contribuyendo a la conservación o restauración de un ecosistema similar. Para ello requerirá que un proveedor de servicios ecosistémicos se comprometa a llevar adelante ciertas acciones de conservación o restauración en el largo plazo. Esta figura es conocida como intermediación de la biodiversidad o conservation banking.

José Luis Ruiz, 2014